AR: Revista de Derecho Informático ISSN 1681-5726
Edita: Alfa-Redi
No. 081 - Abril del 2005
El SPAM y el ejercicio de la Libertad en la Red
Abstract: (...) el vocablo “Spam” ha adquirido aún mayor popularidad bajo la nueva connotación que se le ha otorgado, la cual lo vincula de forma desafortunada a una práctica nacida en el desarrollo de las comunicaciones electrónicas que se originan en uso de la red de Internet o integradas como aplicación de otras nuevas tecnologías y que consiste en el envío de mensajes “comerciales” no solicitados y, tal como se añade a tal conceptualización por la regulación australiana, “no esperados”.
“La libertad es el derecho
de hacer lo que no perjudique a
los demás.” - Lacordaire -
Apenas un par de décadas atrás, el vocablo “Spam” solía
remitirnos a la idea del producto embutido comercializado y popularizado en el
mercado norteamericano a partir de 1930. Sin embargo y, no sin sorpresa, su
peculiar característica de ser el producto más viable a ser combinado con todo,
llevó a la integración de tan popular vocablo como referencia a una práctica
nacida en el desarrollo de nuevas tecnologías, fruto de la irrefrenable
evolución tecnológica, que le ha dado una mayor popularidad y relevancia a dicho
término.
De esta forma, el vocablo “Spam” ha adquirido aún
mayor popularidad bajo la nueva connotación que se le ha otorgado, la cual lo
vincula de forma desafortunada a una práctica nacida en el desarrollo de las
comunicaciones electrónicas que se originan en uso de la red de Internet o
integradas como aplicación de otras nuevas tecnologías y que consiste en el
envío de mensajes “comerciales” no solicitados y, tal como se añade a
tal conceptualización por la regulación australiana, “no
esperados”.
Pero la sorpresa generada por la relevancia adquirida por esta
nueva connotación dada al vocablo, toma además tintes de cínica comicidad cuando
advertimos que esta nociva práctica encuentra entre sus más férreos defensores
como principal sustento para su existencia en el principio de que el comercio,
sea establecido por el medio que sea, no debe ser frenado, ni obstaculizado y
que su ejercicio debe ser libre, lo que no sin ánimos suspicaces nos lleva a
cuestionarnos si acaso los productores de tan codiciado producto embutido
denominado Spam pensarán que, la referencia dada a esta práctica bajo similar
denominación a la de su producto populariza e incentiva la comercialización del
mismo.
Pero aún, más allá de los tonos irreflexivos y cómicos que se
pretendan dar al tema, la realidad es que rebasada la poca ortodoxa liga
conceptual, a nivel internacional se trabaja en alcanzar una definición de Spam
como fenómeno de ataque a los medios electrónicos de comunicación, concepto
difícil de construir, considerando los múltiples conceptos y características
derivadas de la perspectiva particular del tema por la diferentes legislaciones,
lo que ha llevado a generar muy diversas definiciones que impiden la necesaria
homologación en un significado común y el incentivar que a nivel de los usuarios
se identifique dicha práctica más como un “algo” relacionado a las
comunicaciones en red, que al producto comercializado en el mercado de productos
embutidos.
Y es que en nuestro país, el término Spam para la gran mayoría de los
usuarios de las comunicaciones electrónicas, aún no tiene connotación o, al
menos, no una claramente definida.
Resultado de ello, no existe la conciencia a nivel de los
usuarios de que el Spam no afecta únicamente al correo electrónico, sino que por
igual comienza a tener presencia negativa sobre otros medios de comunicación
electrónica tales como el sistema de mensajes cortos (SMS) en la telefonía móvil
(variante denominada como spim) y, que la recepción de mensajes SMS, mensajes
multimedia (MMS) o mensajes instantáneos (IM) no solicitados no es algo natural
a las comunicaciones electrónicas, generando en su existencia afectaciones e
implicaciones a nivel de infraestructura, servicio, tiempo, costos y
confianza.
El punto de partida para adquirir tal conciencia sobre las
implicaciones del Spam en las comunicaciones electrónicas y el desarrollo de
nuevas tecnologías, debe ser que a pesar de la resistencia a considerar los
hechos, la tecnología y su integración a la vida común de los individuos, cada
vez de forma más violenta va haciendo mayores sus espacios de influencia,
obligándonos a formar parte del inicialmente denominado mundo globalizado.
Como resultado, paralelamente a la tecnología y los medios que
está provee, también los elementos, técnicas y prácticas relacionadas a ellos,
van alcanzando mayores ámbitos de influencia, de modo que según datos
proporcionados por la empresa Postini, Inc., hoy, 10 de cada 14 mails son Spam y
se calcula que para este año, la incidencia de Spam alcance un porcentaje de 85%
sobre el total de mensajes electrónicos enviados.
Ante tales hechos, es imposible ignorar el tema, ya que lo que
hasta hace algunos años significaba tomarse un par de minutos para borrar los
correos electrónicos de emisores o contenidos desconocidos; hoy representa
pérdidas cuantiosas en tiempo, dinero y confianza.
En la actualidad, abrimos nuestro correo electrónico con la
certeza de que de los posibles treinta mensajes electrónicos marcados como
entrantes, el resultado, en muchos casos decepcionante, será el que en realidad
solo uno sea el esperado, solicitado y leído.
Pero el conflicto no acaba ahí, pues ante una bandeja repleta
de mensajes todos bajo objetos y emisores dirigidos a mi con suma confianza o
bajo atrayentes leyendas de asuntos, la elección de no lectura y borrado puede
constituir una complicada decisión.
Y en todo caso, quien podría evitar que un real y gracioso
amigo nos enviara un mensaje bajo la indicación de un objeto tal como sex party,
hi buddy! o algo similar, o si la empresa para la que laboró estuviera en el
ramo farmacológico, el que un cliente estableciera como asunto en sus mensajes,
viagra o, si participara de algún grupo político radical, el que algún colega me
enviará un mensaje bajo el asunto “Viva la Revolución”?.
O es que acaso cuando se habla de la libertad que debe existir
en la red, esta solo se refiere a la que los comerciantes reclaman para
publicitar y comercializar sus bienes y servicios? ¿Acaso esta no incluye la que
como usuarios, debemos tener para recibir los correos que solicitamos o
esperamos recibir?
Podría entonces, el sostenido principio de que la libertad de
uno termina donde comienza la del otro, resultar equivocado.
Pero eso no es todo, la elección para la lectura o borrado,
sobre la cual me refiero anteriormente, solo se presentaría suponiendo, en el
mejor de los casos, que los mensajes electrónicos sospechosos de contener Spam
alcanzaran el largo y no menos azaroso viaje hasta mi bandeja de entrada de
correo, logrando evadir todos los obstáculos que los propios Prestadores de
Servicios de Internet (ISP’s) se han visto en la necesidad de instrumentar a fin
de verse menos afectados por el Spam en su insfraestructura, en la calidad de
sus servicios y en los factores de riesgo a ser atacados por virus informáticos,
preseleccionando los mensajes que se permitirán o no, pasar hasta mi
bandeja.
De cualquier forma, esto daña y obstaculiza por igual el
comercio de servicios que proveen los ISPs e incluso a las empresas de comercio
electrónico, al generar desconfianza en el uso de los medios electrónicos para
la comunicación y sobre las transacciones comerciales en línea.
Pues, quien ante la duda de abrir un mensaje sospechoso
conciente de que más allá de la pérdida de tiempo, y con el avance de las
comunicaciones electrónicas esto pudiera generar la desafortunada y siempre
molesta situación de recibir un virus cargado a este tipo de mensajes, como
ocurre con frecuencia en la actualidad, que pueden afectar mi sistema o
convertirse en agentes de secuestro de mi computadora para remitir un mayor
número de spam a mis contactos, no sucumbiría ante la adopción del conocido
refrán “la curiosidad mató al gato”.
Y es que, hoy en día, la problemática relacionada al Spam no
reside en su existencia, sino en los efectos nocivos que ella genera en muy
diversos ámbitos, solo por enumerar:
1. Daña la infraestructura informática, por un uso inútil
de la banda ancha, la denegación de servicio por saturación o la transmisión de
virus y gusanos.
2. Afecta la operación segura y la administración
eficiente de los recursos de las redes públicas de telecomunicaciones
3. Daña la confianza y cultura en el uso de las
comunicaciones electrónicas, el e-comercio y las transacciones comerciales en
línea.
4. Afecta la productividad empresarial
5. Genera importantes costos a los usuarios, empresas e
ISPs
6. Daña la competencia y la prestación de servicios de
telecomunicaciones de calidad
7. Igualmente se ha transformado en un medio para la
comisión de delitos tales como el fraude, la pornografía infantil, entre
otros.
Así que, ante los hechos, la mayoría preferiría sostener como
excusa para borrarlo de inmediato el también por demás conocido refrán de
“hombre precavido vale por dos”.
Pero y entonces, con tan identificados efectos nocivos, ¿Cuáles
son los fundamentos que sostienen la existencia y cada vez mayor incidencia del
Spam?
A este respecto podemos identificar las respuestas en dos
rubros, la de índole formal y las de carácter operativo.
A nivel formal, el principal fundamento es que los mensajes
comerciales bajo ciertas características, pudieran resultar lícitos ya que
impulsan el comercio y permiten medios de publicidad a menores o nulos costos
para los comerciantes y son de fácil propagación.
El hecho es que sobre el punto anterior, aun no existe una
clara diferenciación entre las características de un mail comercial legal a uno
ilegal, lo que no solo obstaculiza el comercio sino además genera la
desconfianza de los usuarios hacia el comercio ejercible en línea y hacia la
eficacia en el uso de las comunicaciones electrónicas.
Ello, sin contar que la característica de una publicidad a
menor costo y de fácil propagación se basa en que el costo es transferido y
cubierto por el usuario de la cuenta de correo receptora, esto es, yo como
usuario de la red soy quien paga el ancho de banda que es utilizado por otros
para enviarme Spam, mismo que además puede utilizarme como medio de recolección
de direcciones de otros o como agente emisor de más spam (zombies), haciendo uso
de técnicas que permiten la instalación de programas que automatizan el envío de
Spam a terceros a través de mi equipo.
Porque, es posible sostener que la esencia de la red es la
libertad que debe prevalecer como fundamento de su desarrollo; sin embargo, si
bien tal libertad implica la libre expresión de las ideas y de contenidos en
ella, igualmente dicho acto de libertad deber incluir el ejercicio y protección
ineludible de las libertades fundamentales del hombre, como el no ser molestado
en sus propiedades y el ejercer libre y voluntariamente la adquisición de bienes
y servicios.
Es decir, quiero suponer que si alguien requiere realmente de
un producto o servicio, no esperara a entrar a su cuenta de correo electrónico o
a recibir un SMS que se lo ofrezca para adquirirlo.
Por ello, me parece imprescindible el considerar que el
ejercicio de un derecho bajo ningún caso debe contraponerse al ejercicio de
otro, es decir todo derecho debe delimitarse claramente a fin de no generar una
competencia entre derechos, lo que me parece inadecuado e inadmisible.
De tal forma, toda protección a cualquier garantía objetable a
favor o en contra del Spam debe fundarse en acciones, mecanismos y disposiciones
que establezcan un equilibrio entre derechos de comerciantes, usuarios y
potenciales consumidores.
El asunto del Spam no es una materia que pueda ser resuelta
bajo una solución única, ya que involucra a muy diversos actores y en
consecuencia, múltiples perspectivas e intereses.
La experiencia internacional hace advertir que tampoco es
materia de prohibiciones legislativas o creación de leyes específicas (en
general me parece que ya existen leyes aplicables), sino de un conjunto de
acciones en muy diversos ámbitos y en que los actores asuman la responsabilidad
que en cuanto al control del Spam corresponde a cada sector.
La realidad es que el Spam desde un punto de vista operativo
encuentra su principal razón y fundamento de existencia en el hecho de que
constituye un negocio que reporta importantes utilidades a sus emisores. Si
partimos de este hecho, entendemos pues, que el tema es abordar y combatir de
raíz las razones de su existencia, esto es, la libertad que encuentran los
spammers en el uso y recolección de las direcciones de correo electrónico, las
ganancias económicas que esto les reporta y la eficacia que como negocio implica
el Spam sin una diferenciación clara con la publicidad comercial mediante las
comunicaciones electrónicas.
En consecuencia el combate al Spam debe partir desde sus
elementos de raíz, en que la observación y acción de los diversos sectores
involucrados desde sus particulares ámbitos de acción, pero en una abierta
disposición a la cooperación y coordinación entre sectores, resulta
indispensable.
De modo que en principio para la concepción e implementación de
acciones en el control del spam, es imprescindible lograr un consenso, primero a
nivel nacional y posteriormente internacional, en cuanto a la definición y
características fundamentales del Spam, a fin de posibilitar la coordinación y
cooperación entre sectores y países en su control y combate.
Asimismo, en toda definición, acción o disposición legislativa
que se considere implantar para su control se debe mantener un equilibrio entre
el derecho a la privacidad de los usuarios, su protección como consumidores y el
desarrollo legal del comercio electrónico.
Ahora bien, todo usuario debe ser considerado en el uso de las
comunicaciones electrónicas no solo como potencial consumidor de bienes y
servicios, sino como consumidor de por sí de un servicio de telecomunicaciones,
el cual tiene derecho le sea prestado de manera eficiente y bajo estándares de
calidad y seguridad definidos, de modo que la protección como consumidor se le
provea en ambas perspectivas planteadas.
Es innegable que el desarrollo del comercio electrónico debe
ser protegido y promovido en beneficio de las economías; no obstante los medios
que posibilita la red para su ejercicio son infinitos, sin que la libertad de
ejercer el comercio implique limitar las garantías que como usuarios de las
comunicaciones electrónicas el individuo debe tener.
Por otra parte, resulta imprescindible asentar que en el
combate al Spam todos los actores y sectores involucrados tenemos igual nivel de
responsabilidad, cada uno en su ámbito de acción.
El principio de toda determinación de soluciones a un problema
debe partir del estudio y claro entendimiento del mismo. De modo que la
determinación de lo que es e implica el Spam debe ser claro para todos los
actores involucrados.
A tales efectos, la divulgación de información, educación y
capacitación a los usuarios se convierte en un elemento primordial dentro del
desarrollo de mecanismos de combate al Spam, para lo cual conformar campañas de
difusión informativa auspiciadas por la Autoridad en coordinación con la
Industria resultaría una interesante propuesta a estudiar y adoptar.
En este mismo sentido, la identificación y difusión de mejores
prácticas a los usuarios, en el combate al Spam, es indispensable; lo mismo que
establecer recomendaciones a los usuarios de lo que en materia de seguridad es
exigible a los proveedores de servicios, generando en esa medida un nivel mínimo
de garantías y acciones exigible a los prestadores de servicios, traduciendo
este en un elemento más para la competencia comercial de servicios y no
propiamente estableciendo una obligación bajo una disposición regulatoria o
legislativa que resulte no aplicable en la práctica.
Dentro del contexto legislativo, un elemento primordial es que
existan medios de protección a los datos personales y a la privacidad de las
personas. Es claro que para que el Spam se presente los spammers deben contar
con las posibilidades técnicas y regulatorias para hacer uso libre de las
direcciones electrónicas de los usuarios. Por ello, es que el impulso en la
implementación de una ley en materia de protección de datos es imprescindible
dentro del contexto del combate al Spam.
Ahora bien, es imprescindible tener claro que la experiencia
internacional advierte que una ley por sí sola no garantiza la desaparición o
control del Spam, de hecho la obstaculización de redes públicas, la violación a
las comunicaciones, la violación a la intimidad de las personas, entre otros son
conceptos generalmente ya existentes en las legislaciones, el punto es lograr
que tengan clara aplicación al ámbito de la red y comunicaciones electrónicas en
general, esto mediante la inclusión a sus textos de los conceptos propios al
tema.
De este modo, no se requiere una ley que conceptúe al Spam como
una conducta delictiva, pues el envío de mensajes comerciales no solicitados
puede en sí misma no ser una conducta perniciosa en sí misma. Por igual
establecer un tipo penal específico para sancionar el fraude o robo por
Internet, resulta innecesario considerando que el Spam y la red no serían más
que un medio para la comisión de conductas delictivas ya determinadas como
tales.
Ahora bien, por lo que se refiere a la industria esta debe
estar comprometida en la difusión de información y generación de mecanismos
técnicos y autoregulatorios que permitan el control del Spam; así como
establecer reglas claras en el uso de los servicios de correo que provee.
Por último, es primordial que además del equilibrio entre la
protección a la privacidad de las personas y el desarrollo del comercio
electrónico, toda acción o mecanismo en el combate al Spam tenga como fundamento
el que la solución no resulte peor que el problema, esto es, debe garantizar el
ejercicio de los derechos de los usuarios, al mismo tiempo que no obstaculice el
desarrollo del comercio electrónico y promueva la confianza en el uso de las
comunicaciones electrónicas, así como de las transacciones en línea. Arduo
trabajo para todos los actores interesados en que el Spam no invada las redes y
con ello nuestros derechos.